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viernes, 23 de enero de 2009

Vuelta a la txalaparta o rebelión en las ondas

¿Cómo? ¿Que a ver qué chapa os vamos a soltar hoy? ¡Ah! ¿Que qué es eso de la txalaparta? Bueno es un instrumento musical tradicional vasco. En este vídeo la podéis ver en acción:




Pues me refiero a las buenas ideas y adelantos que se convierten, al final en una tortura, y que, como la cosa siga así, tendremos que renunciar a ellas y volver a la txalaparta o herramientas similares como medio de comunicación.

A esos aparatajes cada vez más frecuentes en nuestras embarcaciones, y desgraciadamente por imperativo legal.

¿Por qué desgraciadamente? Porque por la legislación que los acompaña o impone, y en buena medida por la lectura que se hace de ella, se convierten en una gran fuente de conflictos, desorientaciones y torturas económicas y más para los patrones de recreo.

Pongamos el caso de las radios VHF con DSC (queda más "alegre" y psicodélico en español, LSD).




  • ¿Qué es eso?, pregunta el profano.

  • Pues, le explicas, es una radio (emisor-receptor) VHF, que sirve para comunicarse con otras embarcaciones, con estaciones costeras, para dar avisos de importancia para la navegación, para contactar con el puerto al que vas a llegar, para oír avisos importantes o partes meteorólogicos o estado del mar, para no sentirte solo...

  • ¡Vaya! Parece interesante...

  • Y no sólo eso. Eso ya lo tenían. Pero lo nuevo, es que le metes un número de identificación, le conectas el GPS (que es un aparato que da la situación, coordenadas del sitio donde estás) y si tienes un problema grave, aprietas un botón y la radio empieza a emitir un mensaje especial que dice cómo se llama tu barco y dónde estás, y pueden venir a salvarte mucho más rápido y mejor.

  • Hombre, eso ya es la leche. Pues menudo inventazo.

Y en eso estaremos todos de acuerdo.


Peeero. Poner un aparato de estos en tu barco, supone que la radio vieja que tenías ya no te vale, pasta €, que tienes que pedir un proyecto de instalación por un instalador autorizado, para conectar un aparato, cosa que está al alcance de cualquier "manitas" y más cuando estás cambiando la vieja radio por la nueva, proyecto que te van a cobrar, pasta €, tienes que pagar unas tasas y hacer trámites para que te den unos números especiales, pasta €, y para más inri, según dónde tengas inscrito tu barco, puede que el viejo GPS que venias utilizando, que funciona como un reloj, y que si lo conectas a un Pc con internet te puedes ver casi en el Google, no te vale, y tienes que adquirir uno "homologado" que vale un pastón. pasta € y papeleo y vueltas.

Y con las portátiles, lo mismo.


Se supone que se autorizan en zona 5 para sustituir a las fijas, y hacer la instalación más sencilla... y resulta que según dónde tengas inscrito el barco, puede suponer que tengas que pagar un pastón, porque tienen que ser especiales (según el Sistema mundial de socorro y seguridad marítimos SMSSM, alias SOLAS) y no valen los "normalitos" de ciento y pico euros, que en otras capitanías sí se admiten, o incluso te pueden exigir un proyecto de instalación...

Y ¿por qué todo esto?

Pues porque todo esto se recoge en el Real Decreto 1185/2006 de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles, reglamento en el que se han juntado disposiciones al respecto que lo mismo valen, o no, a una lancha neumática, un velerito, una pequeña embarcación de pesca, un mercante medio o un gran gasero. Y así no se pueden hacer bien las cosas.

Así, en ese Reglamento, se disponen cosas que son muy difíciles, o caras, de llevar a cabo en una embarcación de recreo media o pequeña, y también en pequeños pesqueros, que hay embarcaciones dedicadas a la pesca realmente pequeñas... Porque se disponen sin dejar claro si son sólo para grandes embarcaciones, pequeñas sólo o para todas. Y así nos encontramos con el Capítulo I, en el que se recogen un montón de cosas sin aclarar si nos son de aplicación o no, a las embarcaciones de recreo.

Y me decía un amigo ¿sería iluso exigir a la Dirección General de la Marina Mercante que disponga de forma clara e inequívoca qué tienen que aplicar y qué no las embarcaciones de recreo de ese reglamento?

Yo no sólo creo que no sea iluso, sino que la propia Dirección General de la Marina Mercante o el mismo Ministerio de Fomento, debiera, si no modificar el reglamento, sí sacar una instrucción, al menos, en el que se indicara de forma clara y expresa qué artículos y puntos de los mismos son de aplicación a las embarcaciones de recreo, que fuera de obligado cumplimiento para todas las Capitanías y no quedar al albur de quien esté interpretando, como buenamente pueda, una legislación que ha querido sistematizar, pero que no lo ha conseguido, y que está redactada pensando en grandes barcos.

Y si no os lo creéis, echadle un vistazo al artículo 26 (Fuentes de energía), hablando de que Todos los equipos radioeléctricos deberán alimentarse de la fuente principal o de emergencia del buque a través de un convertidor de corriente alterna a corriente contínua de 24 V...

Y este tema está causando desorientación, agravios comparativos, inquietud, desembolsos importantes...

No debiera ser tan complicado. Sólo es necesario un poco de sentido común.
Y aprovechar los inventazos. Porque, para una embarcación de recreo, una VHF fija con DSC de 200 euros acompañada de cualquier GPS, aunque sea de mano, con tal de que se pueda conectar (protocolo NMEA) va a servir.

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